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Asegura nueva ley de fomento a la aviación civil afianzará el turismo | AlMomento.net

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Asegura nueva ley de fomento a la aviación civil afianzará el turismo | AlMomento.net

Asegura nueva ley de fomento a la aviación civil afianzará el turismo | AlMomento.net

Héctor Porcella, director general del IDAC.

SANTO DOMINGO.- El director general del Instituto Dominicano de Aviación Civil, Héctor Porcella, aseguró que la ley de fomento y competitividad de la aviación civil promulgada por el presidente Luis Abinader revolucionará el sector aeronáutico del país y creará mejores condiciones para afianzar el desarrollo turístico.

Dijo que la ley 57-23, que crea un régimen de incentivos fiscales a la aviación civil nacional e internacional, convertirá a la República Dominicana en uno de los destinos más atractivos para la inversión internacional, contribuyendo a dinamizar la economía y crear nuevos empleos.

Explicó que el régimen de incentivos tiene la finalidad de mejorar la competitividad del sector aeronáutico, promover el crecimiento sostenible de la llegada de visitantes por vía aérea  y establecer nuevas rutas domésticas e internacionales.

PRINCIPALES ALCANCES DE LA NUEVA LEY

1) Exención total de la retención del impuesto por concepto de pagos de rentas al exterior por arrendamiento de aeronaves o motores de aeronaves y los servicios de mantenimiento y reparación de aeronaves.

2) Retención de carácter única y definitiva de solo el 5% del impuesto por concepto de pagos al exterior por entrenamientos y capacitaciones al personal de tripulación, por parte de no residentes.

3) Exención del pago del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) en la venta de vuelos completos por parte de empresas operadoras dominicanas a empresas en el exterior (fletamento).

4) Exención del pago de Arancel y del ITBIS sobre la importación de naves y aeronaves de las subpartidas 8802.30.00 correspondiente a aviones y demás aeronaves, de peso en vacío superior a 2.000 kg, pero inferior o igual a 15.000 kg.

5) Exención del pago del Impuesto sobre los Activos declarados en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

La promulgada ley confiere a la Junta de Aviación Civil la función de recibir las solicitudes y evaluar los expedientes de las empresas interesadas en acogerse a los incentivos fiscales de dicha normativa.

WJ/AM




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